Se modifica ley de salud para mayor acceso a biotecnológicos y trasplante de órganos
El Secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos, ofreció conferencia de prensa, acompañado de los presidentes de las cámaras de Senadores y de Diputados, Ernesto Saro Boardman y Ector Jaime Ramírez Barba
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación , se modificó la Ley General de Salud en materia de medicamentos biotecnológicos, lo cual tendrá un impacto positivo en cuanto a su accesibilidad, seguridad y costo para la población, afirmó el Secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos.
En conferencia de prensa, acompañado de los presidentes de las cámaras de Senadores y de Diputados, Ernesto Saro Boardman y Ector Jaime Ramírez Barba, respectivamente, el titular de Salud resaltó la importancia de esta modificación debido a que los medicamentos biotecnológicos son los más utilizados para el tratamiento de las principales causas de enfermedad y muerte en México, como son la hepatitis y el cáncer.
Dijo que ante el cada vez mayor uso de este tipo de fármacos es fundamental contar con un marco regulatorio que permita mayor disposición a menor costo. Además de que a partir del 5 de agosto próximo se elimina el requisito de planta para estos medicamentos, lo cual requiere tener más elementos para asegurar su calidad.
Al respecto, el presidente de la Cámara de Diputados puntualizó que el uso de los biotecnológicos puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte, ya que en ocasiones son la única alternativa de tratamiento.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Senadores comentó que la modificación a la LGS sobre medicamentos biotecnológicos acelerará la entrada de genéricos intercambiables de este tipo, lo cual facilitará que disminuya su costo y sean más seguros.
Detalló que los fabricantes de medicamentos estarán obligados a colocar en la etiqueta el nombre del fabricante de la sal, de quien lo envasa y distribuye.
Comentó que esta iniciativa fue producto del consenso entre la industria farmacéutica, junto con la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
Por otro lado, en la conferencia de prensa también se dio a conocer la publicación en el DOF de otra modificación a la LGS en materia de trasplantes, cuya relevancia radica en que fomentará la cultura de la donación entre los mexicanos.
Al respecto, el Secretario de Salud subrayó la necesidad de esta legislación, ya que en México hay casi 12 mil personas en espera de un órgano y en muchos casos su vida depende de ello.
El Presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Senadores comentó que la modificación en materia de trasplantes define la competencia de los tres niveles de gobierno en este campo, el proceso de la muerte y da certeza al manejo adecuado de los trasplantes., con lo que se espera incrementar la confianza de la población y fomentar la cultura de la donación, finalizó.
La LGS establece que los establecimientos en los que se extraigan órganos, tejidos y células, deberán de contar con un Comité Interno de Coordinación para la donación de órganos y tejidos, que será presidido por el Director General o su inmediato inferior que cuente con un alto nivel de conocimientos médicos académicos y profesionales.
Este comité será responsable de hacer la selección del establecimiento de salud que cuente con un programa de trasplante autorizado, al que enviará los órganos, tejidos o células, de conformidad con lo que establece la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
A su vez, los establecimientos que realicen actos de trasplantes, deberán contar con un Comité Interno de Trasplantes que será presidido por el Director General o su inmediato inferior que cuente con un alto nivel de conocimientos médicos académicos y profesionales, y será responsable de hacer la selección de disponentes y receptores para trasplante, de conformidad con lo que establece la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Los establecimientos que realicen actos de disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras hematopoyéticas, deberán contar con un Comité de Medicina Transfusional, el cual se sujetará a las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Salud.