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CEDH de Morelos desconoce inconstitucionalidad de la reforma contra el aborto
Después de que miembros de organizaciones de la sociedad civil de Morelos solicitaron a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) la impugnación de la reforma al artículo 2 de la Constitución Política de la entidad -que reconoce la protección jurídica del individuo desde el momento de la concepción-, %u201Caún no se establecen suficientes argumentos jurídicos y juicios de valor para interponer la acción de inconstitucionalidad de mérito%u201D, dijo el organismo público en un comunicado.
En una consulta técnica, el Consejo Consultivo de la dependencia consideró que el dictamen -publicado el 11 de diciembre del año pasado- para las mujeres que no comprueben la violación, malformaciones congénitas, inseminación artificial sin consentimiento, peligro de vida de la madre y del producto como causales para la interrupción legal del embarazo, no se contrapone al Sistema Constitucional de nuestro país y en su caso, la Comisión realizará un análisis minucioso de todas las disposiciones normativas que derivan únicamente el artículo 2.
Las diversas modificaciones previstas a la Ley de Salud, los códigos Civil, Familiar y Penal, que establecen en su conjunto el origen de la vida cuando existe un genoma humano, la protección jurídica del sujeto desde el momento de su concepción hasta la muerte natural y la pena por tratamiento psicológico, restringen los derechos humanos de las mujeres, señaló Ma. Luisa Becerril Straffon, coordinadora general del Colegio de Médicas Morelenses, en un comunicado de prensa.
%u201CLa Constitución Federal no otorga al concebido no nacido el carácter de persona ni le reconoce la titularidad de derechos. Según las discusiones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no existe una norma fundamental que le reconozca la titularidad de derechos o la protección específica al concebido no nacido%u201D, expuso.
La activista argumentó que el pleno de la Suprema Corte también hizo un reconocimiento expreso de los derechos fundamentales de las mujeres, tales como el derecho a la vida, a la protección de la salud, a la intimidad en materia de sexualidad y reproducción, a la libertad %u2013incluida la libertad de conciencia- y a la autonomía reproductiva.
Nos extraña, señaló Becerril, que la decisión del Colegio de Visitadores, del Consejo Consultivo y del propio presidente de la Comisión estatal de Derechos Humanos haya sido la %u201Cde desdeñar el análisis que a profundidad realizó nuestro máximo tribunal de justicia sobre este complejo tema%u201D.
Exhortó al presidente de la CEDH de Morelos, José Fausto Gutiérrez Aragón, a %u201Crectificar su posición asumida e incida para que los derechos humanos de las mujeres sí se protejan y respeten en el estado%u201D.