
En el conversatorio del INMEGEN, la directora divisional de patentes del IMPI destacó la propiedad intelectual como punto de partida para transferir innovaciones
Por: Redacción | Fotografía: Daniela Escartin
LaSalud.mx, Ciudad de México, 29 de agosto de 2026 .- Las universidades, centros públicos de investigación e instituciones de salud generan una parte importante de las innovaciones en México, pero convertir esos desarrollos en productos requiere una estrategia que contemple desde la protección de la propiedad intelectual hasta su transferencia tecnológica.
Este fue uno de los planteamientos expuestos por Eulalia Méndez Monroy, directora divisional de patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), durante el panel “Propiedad intelectual y transferencia tecnológica”, realizado en la tercera jornada del conversatorio “Del Laboratorio al Mercado”, en el Instituto Nacional de Medicina Genómica.
La especialista explicó que problemas como los observados durante la pandemia de COVID-19 pueden ser abordados simultáneamente por investigadores de distintos países, por lo que resulta importante determinar desde el comienzo dónde se pretende proteger una innovación y cuál será su alcance.
Patentes y otras vías de protección
Méndez Monroy señaló que existen tres figuras principales para proteger invenciones: patente, modelo de utilidad y diseño industrial. Las patentes pueden proteger productos o procesos, incluidos principios activos, formas de fabricación o composiciones de medicamentos.
Los modelos de utilidad se aplican a mejoras que aportan una utilidad diferente a elementos existentes, mientras que los diseños industriales protegen aspectos ornamentales. Las vigencias son de 20 años para las patentes, 16 años para los modelos de utilidad y hasta 25 años para los diseños industriales, mediante renovaciones de cinco años.
La finalidad de estas figuras, indicó, es permitir que las innovaciones lleguen al mercado y generen beneficios económicos y sociales.
Del laboratorio a un proyecto comercial
La transferencia tecnológica no depende exclusivamente del investigador. De acuerdo con la especialista, se requieren equipos multidisciplinarios que participen en la evaluación del potencial de una innovación, su estrategia comercial, negociación y elaboración de contratos.
También consideró necesario que la investigación parta de necesidades identificadas en la industria, el sector salud, el sector público o la población. De esta manera, aumentan las posibilidades de encontrar posteriormente inversionistas interesados en desarrollar prototipos, escalar soluciones o llevarlas al mercado.

En este proceso intervienen abogados, especialistas mercantiles, áreas de comercialización y oficinas de vinculación o transferencia tecnológica. Las regalías obtenidas, añadió, pueden contribuir a financiar nuevos proyectos de investigación.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. LASALUD.MX LA REVISTA DE LA COMUNIDAD MÉDICA. ¡PORQUE LA SALUD ES PRIMERO!
Proteger antes de publicar
Uno de los puntos centrales de su exposición fue la necesidad de evaluar una innovación antes de divulgar sus resultados. Publicar información previamente puede afectar la novedad necesaria para obtener una patente.
La especialista explicó que el IMPI dispone de una solicitud tradicional que permite establecer una fecha de presentación y contar con un año para ingresar posteriormente la solicitud definitiva. Una vez protegida la innovación, pueden analizarse sus posibilidades comerciales, las pruebas necesarias, posibles inversionistas y oportunidades de protección internacional.
La presentación también debe adaptarse al ámbito empresarial, con información que permita comprender el proyecto, identificar compañías interesadas y valorar posibles alianzas.

Licencias y acuerdos para transferir tecnología
Méndez Monroy explicó que la transferencia puede realizarse mediante una transmisión o una licencia. La primera supone la venta total o parcial del derecho, mientras que la segunda autoriza su explotación durante un periodo determinado.
Los contratos deben precisar titularidad, autorización, exclusividad, territorio, duración, actividades permitidas y regalías, además de obligaciones, condiciones de sublicenciamiento y consecuencias ante incumplimientos.
En el caso de instituciones públicas, agregó, también debe vigilarse el cumplimiento de las condiciones pactadas y la calidad de los productos, debido a que el prestigio institucional forma parte del valor asociado con la innovación.
Las licencias pueden inscribirse ante el IMPI y su vigencia depende del derecho protegido. Para Eulalia Méndez Monroy, la protección intelectual cumple su propósito cuando permite que el conocimiento desarrollado en el laboratorio pueda transferirse, convertirse en un producto y llegar finalmente al mercado.
Esta nota, así como reportajes, entrevistas exclusivas, videos, podcast y más, los podrás encontrar en nuestra próxima edición especial digital de Temas Selectos en Salud.
LaSalud.mx La Revista de la Comunidad Médica.
Visita algunas de nuestras ediciones especiales en https://issuu.com/grupo-mundodehoy
D.E.

