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Anticoncepción de emergencia, ayer un derecho, hoy un privilegio

El acceso a la anticoncepción oral de emergencia en el Perú
es ahora un privilegio y no un derecho. El Tribunal Constitucional de
ese país prohibió su distribución gratuita en los establecimientos
públicos de salud, medida que discrimina a miles de mujeres en
situación de pobreza.
 
Según la evaluación de organizaciones feministas, el fallo
respondería a la presión de representantes de sectores contrarios a los
derechos sexuales y reproductivos, quienes también pretendieron %u2013 sin
éxito %u2013 impedir que la Comisión Revisora del Código Penal incluyese las
modalidades de aborto eugenésico y por violación entre las causales de
despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo.
 
Agrupaciones defensoras de los derechos de la mujer señalaron que
la sentencia excluye a las mujeres pobres del acceso a la
anticoncepción oral de emergencia (AOE). El rechazo es compartido con
sociedades científicas, organizaciones ciudadanas, e incluso un
importante sector de funcionarios del gobierno.
 
El decano del Colegio Médico del Perú, Julio Castro Gómez,
consideró que la prohibición de la distribución gratuita de la píldora
del día siguiente es una medida lamentable que contraviene el deber del
Estado de brindar protección y bienestar a ciudadanas y ciudadanos.
 
%u201CEs una hipocresía que sólo las mujeres que tienen recursos
económicos puedan adquirir los anticonceptivos de emergencia en las
farmacias, mientras las mujeres pobres, que son las que acuden a los
establecimientos del Ministerio de Salud, se vean privadas de evitar un
embarazo no deseado, el cual muchas veces puede ser producto de la
violencia sexual%u201D, afirmó.
 
Injerencia confesional al descubierto
 
Por su parte, la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología, ha
publicado en su pagina web argumentos científicos que sustentan el uso
de la AOE y que desmienten su supuesto efecto abortivo con el fin de
que las personas puedan formarse una opinión. %u201CRespetamos que exista
gente que no desea usar este tipo de anticoncepción, así esté
demostrado que no es abortiva. Pero no concordamos en que se quiera
prohibir su uso. Si el rechazo al método se basa en algún tipo de
convicción o creencia religiosa, ésta no puede ser impuesta por la
fuerza al resto de la sociedad, la cual debe ser libre de escoger su
opción%u201D, señaló la Sociedad Peruana de Obstetricia y Ginecología, en un
sustento técnico que presentó ante el Tribunal Constitucional antes de
la emisión del cuestionado fallo.
 
El presidente del Poder Judicial, Javier Villa Stein, también
aludió a injerencias confesionales en el desconcertante fallo del
Tribunal Constitucional, en vista de que en el 2006 esa misma instancia
jurisdiccional emitió un pronunciamiento diametralmente opuesto, al
ordenar que la AOE debía distribuirse gratuitamente, tras descartar,
con base a evidencia científica, que ésta tenga efecto abortivo. %u201CEl
fallo del Tribunal Constitucional guarda perfecta armonía con el
derecho religioso o eclesiástico%u201D, ironizó.
 
El Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS),
entre otras organizaciones feministas, sostiene que la sentencia del
Tribunal Constitucional es insensible al drama de las mujeres víctimas
de violaciones sexuales y a la situación de aquellas que tienen
embarazos no deseados, viéndose obligadas a recurrir a abortos
inseguros que colocan en riesgo su vida y su salud.
 
Acceso a la AOE reduce abortos
 
Está demostrado que el uso de la AOE reduce la cantidad de
abortos, afirma un comunicado de DEMUS en base con un estudio realizado
en el 2006 por la antropóloga y demógrafa Delicia Ferrando. Según esta
investigación, el uso de la AOE permitió evitar por lo menos 32 mil
embarazos no deseados entre el 2002, año de su lanzamiento al mercado,
y diciembre del 2006.
 
En el mismo sentido se ha pronunciado el ministro de Salud, Oscar
Ugarte, quien ha señalado enfáticamente que la píldora del día
siguiente no es abortiva y que impedir su distribución contribuye al
aborto ilegal. Es necesario resaltar que en el Perú se realizan un
promedio de 371 mil abortos clandestinos cada año, constituyen una
importante causa de mortalidad y morbilidad para las mujeres.
 
La Ministra de la Mujer, Nidia Vílchez, también ha resaltado el
carácter injusto y discriminatorio de la sentencia del Tribunal
Constitucional en relación a las mujeres más pobres. Según datos del
Ministerio de Salud, desde el 2006 hasta la fecha se han repartido
95.880 tabletas anticonceptivas de emergencia, principalmente en los
distritos más pobres de Lima y en regiones del interior con
significativa población rural. Actualmente la AOE se puede adquirir en
las farmacias bajo prescripción médica a un precio de 10 dólares
aproximadamente, valor que dificulta su compra para las mujeres con
menores recursos económicos.
 
Mujeres preparan estrategias
 
Mientras tanto, las organizaciones defensoras de los derechos de
las mujeres evalúan la posibilidad de entablar una acusación
constitucional contra los magistrados del Tribunal que prohibieron la
distribución gratuita de la AOE desconociendo que se trata de un método
anticonceptivo que forma parte del ejercicio efectivo del derecho a la
salud de las mujeres.
 
Paralelamente, estas organizaciones adelantan las gestiones
necesarias para iniciar acciones en instancias internacionales, en
vista que el referido fallo contraviene los mandatos de convenciones y
tratados de carácter vinculante suscritos por el Perú.

Redacción

Equipo de redacción de la red de Mundodehoy.com, LaSalud.mx y Oncologia.mx

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