Urge frenar burlas a la legislación sobre tabaco
La demora para publicar los acuerdos mediante los cuales los estados pueden sancionar a las personas o negocios que violen la Ley General para el Control del Tabaco ha propiciado que muchas personas y dueños de negocios se burlen de la propia Ley, con el argumento de que los verificadores carecen de fuerza y facultades para sancionarlos. Luego de dos años de retraso, por fin se han publicado los Acuerdos de Coordinación entre el Gobierno Federal y los estados de Jalisco, Sinaloa, Nuevo León, Puebla e Hidalgo, para el ejercicio de las facultades de control sanitario en materia de tabaco. Eso implica en primera instancia que los estados por sí podrán realizar la vigilancia del cumplimiento de la Ley y su Reglamento. Dicho coloquialmente, los verificadores estatales han sido dotados de dientes para aplicar la Ley, las sanciones pueden variar entreuna multa hasta el cierre de un negocio.
Cabe resaltar que más de veinte estados siguen en el limbo legal respecto a la aplicación de la Legislación Federal en términos reales, es decir, de la genuina protección a la salud que implica en los espacios cerrados y de trabajo 100% libres de humo de tabaco. En este marco resalta el perjuicio que causan las ambigüedades legales que derivan en el montaje de presuntos espacios donde se puede fumar, pero donde el humo invade el derecho de las personas a estar libres de las múltiples substancias que contiene el tabaco.
Como es sabido, la Ley General para el Control del Tabaco aplica en todas las entidades, excepto en Tabasco, el Distrito Federal y recientemente el estado de Morelos, por lo que concierne a la protección contra el humo del tabaco. Estas tres entidades decidieron proteger aún más a la población que lo que manda la Ley General, la primera con un decreto modificatorio a su Ley Estatal de Salud, la segunda con una reforma a su Ley de Protección a la Salud de los no fumadores y la tercera con la aprobación por unanimidad de la Ley de Protección Contra la Exposición Frente al Humo de Tabaco. Ello, llevó a Tabasco, Morelos y el DF a constituirse en entidades verdaderamente 100 por ciento libres de humo de tabaco en sus espacios cerrados y de trabajo, es decir, en plena concordancia con el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT), a diferencia de la Ley General que todavía está por debajo de esteinstrumento internacional. Dicho de otra forma, México, con la Ley General para el Control del Tabaco, aún no está cumpliendo de con lo que se comprometió al firmar el CMCT.
Los estados en los que ya se ha publicado el acuerdo están obligados a instrumentar las verificaciones y las sanciones correspondientes a quienes violen la Ley y fumen en espacios prohibidos, en tanto que en los estados donde no se han publicado los Acuerdos deben de exigir a la federación la publicación del mismo para estar en condiciones de garantizar la
salud de la población tal como lo manda el artículo cuarto de la Constitución. Hoy por hoy, las autoridades de los estados donde ya se puede aplicar cabalmente la legislación pueden decir que protegen mayormente a sus ciudadanas y ciudadanos, mientras que en los estados donde no se han publicado los acuerdos de coordinación tendrían que exigir dichos acuerdos a la federación. Por ello es importante urgir a la Secretaría de Salud para que publique en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos de las demás entidades de la república.